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  • Victor Hugo Benitez Arredondo

Responsabilidad Internacional de los Estados

Actualizado: 10 ago 2020


La responsabilidad internacional del Estado es una institución fundamental dentro del Derecho Intemacional, pues de no admitirse una responsabilidad consiguiente a un acto ilícito internacional se suprimirá el deber de los Estados de comportarse de acuerdo al Derecho Internacional.


Está presente en todas las controversias internacionales, de ahí la importancia de su estudio y perfeccionamiento para lograr que todos los conflictos se resuelvan por vías jurídicas y no en base a los factores de poder con que cuentan los Estados. Por otra parte esta institución está en crisis de renovación debido a que el desarrollo del Derecho Internacional también ha incidido en ella por los cambios de la práctica internacional y por la actual interdependencia de los Estados en la comunidad Internacional.


Un Estado internacionalmente es responsable cuando viola una obligación jurídica impuesta por una norma de Derecho Internacional general o del Derecho Internacional Particular, es decir por haber cometido un acto ilícito internacional. Dicha norma puede estar originada en la costumbre, en un tratado o en. los demás modos de constatación del Derecho Internacional comprendidos en el art. 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.


La existencia de un anden jurídico internacional demanda a los sujetos a los cuales se imponen deberes, que respondan por el incumplimiento de los mismos. En la te0ría y en la práctica internacional se ha considerado que esa situación se traduce en una obligación de reparar, que puede consistir en el restablecimiento de la situación anterior al acto ilícito, o en una indemnización, o en una combinación de ambas. Podemos decir que la obligación de reparar es sustitutiva de la originaria violada por el acto contrario al Derecho Internacional.


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